Sentencia N° 206 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de mayo de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 206, Exp. C04-0386, 17/05/2005
ExpedienteC04-0386
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-17
DecisiónDESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

El caso se origina por la muerte del menor Anderson Rojas, quien fue agredido por Douglas Antonio Vásquez Sánchez. El Juzgado Tercero en Funciones de Juicio condenó a Vásquez a quince años de presidio por homicidio calificado. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia, lo que llevó a la defensa a interponer un recurso de casación argumentando violaciones a normas procesales y constitucionales. El Tribunal Supremo de Justicia, tras revisar el expediente, desestimó el recurso por considerarlo infundado.

Extracto de la motiva

Los motivos que hacen procedente el recurso de casación se encuentran establecidos en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal y no en el artículo 459 “eiusdem”, citado como fundamento por la Defensa del ciudadano imputado. Por otra parte, el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal dispone lo siguiente: “... Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios...”. La recurrente no le dio cumplimiento a esos requisitos porque señaló en forma conjunta las supuestas violaciones de normas de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y otras que en su criterio cometió el tribunal de juicio, cuando debió impugnar el fallo de la corte de apelaciones como lo ordena el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal. Tampoco indicó expresamente en qué consistió la violación por falta de aplicación de normas de la Constitución de la República y otras. Así mismo no señaló la posible influencia que tal supuesta violación tuvo en la parte dispositiva del fallo recurrido.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expuestos con anterioridad, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada SUHAM EL BADICHE Defensora Pública del ciudadano DOUGLAS ANTONIO VÁSQUEZ SÁNCHEZ, contra la sentencia dictada el 28 de junio de 2004 por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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