Sentencia N° 204 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de mayo de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 204, Exp. E13-235, 31/05/2016
ExpedienteE13-235
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2016-05-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de extradición del ciudadano BLADIMIR JOSÉ VILLEGAS PACHECO, requerido por las autoridades judiciales del Reino de España. Tras analizar las actuaciones y la documentación presentada, se concluyó que la persona detenida no era el requerido, sino BLADIMIR VILLEGAS CARO, de nacionalidad colombiana. La Sala determinó que existían elementos suficientes para considerar la solicitud de extradición improcedente, dado que el ciudadano detenido no correspondía al solicitado por el Reino de España.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal pasa a decidir sobre la pretensión de extradición del ciudadano BLADIMIR JOSÉ VILLEGAS PACHECO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad número 13118054, quien se encuentra requerido por las autoridades judiciales del reino de España, según notificación roja internacional A-4362/7-2013, publicada el doce (12) de julio de 2013 por la División de Investigaciones INTERPOL Madrid. De las actuaciones descritas y contenidas en el presente expediente se observa que en fecha seis (6) de abril de 2015, funcionarios adscritos al Destacamento 113 de la Guardia Nacional Bolivariana realizaron la inspección de un ciudadano que se identificó como BLADIMIR JOSÉ VILLEGAS PACHECO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad nro. 13318054 y, al efectuarse verificación a través del Sistema de Consulta de Datos de la Guardia Nacional Bolivariana, arrojó que éste se encontraba requerido en virtud de la orden de aprehensión decretada por Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con ocasión a la notificación roja internacional A-4362/7-2013 de fecha doce (12) de julio de 2013, por tal motivo practicaron la aprehensión de dicho ciudadano y lo presentaron ante el referido Tribunal el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad. Al respecto, la Sala de Casación Penal estima oportuno destacar que una vez practicada una serie de diligencias se logró constatar tanto con la copia certificada consignada por el abogado TUTANKAMEN HERNÁNDEZ, con la notificación roja emanada de la oficina Interpol de Madrid, con la consulta de datos del ciudadano BLADIMIR JOSÉ VILLEGAS PACHECO, de la consignación que realizara la ciudadana NANCY JUDITH VILLEGAS CARO de la cédula de identidad, constancia de residencia, pasaporte, registro de nacimiento y registro de matrimonio y, del oficio procedente del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME) donde se indica que del chequeo realizado a las impresiones que aparecen al reverso de la cédula de identidad colombiana nro. 84085130 del ciudadano BLADIMIR VILLEGAS CARO, portador de la cédula de identidad V-13118054, no corresponden a datos e impresiones dactilares del ciudadano VILLEGAS PACHECO.

Dispositiva

PRIMERO: ACUERDA notificar a la autoridad competente en materia de extranjería y migración, a los fines que determine la procedencia o improcedencia del inicio del procedimiento administrativo correspondiente al ciudadano BLADIMIR VILLEGAS CARO, natural de Colombia, cédula de ciudadanía nro. 84085130 y pasaporte AQ751388, ambos expedidos por la República de Colombia. SEGUNDO: ORDENA poner al ciudadano BLADIMIR VILLEGAS CARO, a la orden del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, en calidad de detenido, por ser ese el órgano administrativo competente para determinar la condición y situación del referido ciudadano en el territorio.

Palabras clave

extradiciónBLADIMIR JOSÉ VILLEGAS PACHECOnotificación rojaReino de España

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