Sentencia N° 202 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de mayo de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 202, Exp. C11-106, 24/05/2011
ExpedienteC11-106
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-05-24
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Segunda del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del estado Guárico. La decisión de la Corte de Apelaciones, que declaró sin lugar el recurso de apelación, fue impugnada por la defensa, alegando violaciones a los derechos del adolescente y errores en la interpretación de la ley. Sin embargo, el Tribunal determinó que la decisión impugnada no era susceptible de casación, ya que no se trataba de una sentencia definitiva condenatoria o absolutoria, sino de una incidencia en fase de ejecución, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 610 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece: 'Recurso de Casación. Se admite Recurso de Casación únicamente contra las sentencias del Tribunal Superior que: a) Pronuncien la condena, siempre que la sanción impuesta sea privación de Libertad; b) Pronuncien la absolución, siempre que el tribunal de juicio hubiese condenado por alguno de los hechos punibles para los cuales es admisible la sanción de privación de libertad.' En el presente caso, se observa que la decisión impugnada, no puede ser recurrida en casación, pues no se trata de una sentencia definitiva condenatoria o absolutoria, sino de una incidencia en fase de ejecución relativa a la revisión de la sanción impuesta al ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA), consistente en medida privativa de libertad en establecimiento público, medida que se encuentra sujeta a revisión cada seis meses, de conformidad con lo previsto en el artículo 647.e de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que señala la funciones del Juez de Ejecución, entre ellas la de 'revisar las medidas por lo menos una vez cada seis meses, para modificarlas o sustituirlas por otra menos gravosa, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas o por ser contrarias al proceso de desarrollo del adolescente'.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por la Defensa Pública Segunda del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, en la causa seguida al ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA). Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

casaciónsanciónadolescenteLOPNAderechosjusticiaejecución

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