Sentencia N° 202 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de mayo de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 202, Exp. A06-0143, 09/05/2006
ExpedienteA06-0143
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-05-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Roberto José Sanabria Manosalva en representación del ciudadano Hernaris Ramón Ron Monroy. La solicitud se fundamenta en supuestas violaciones al debido proceso y a la imagen del Poder Judicial durante el juicio en el Tribunal Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. La Sala concluye que no se han demostrado las infracciones alegadas y que se han agotado los recursos procesales disponibles.

Extracto de la motiva

El avocamiento, es una figura jurídica establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que le confiere a éste la facultad para conocer bien sea de oficio o a petición de parte, cualquier causa en el estado y grado en que se encuentre en los tribunales de instancia. En relación con el avocamiento y su admisibilidad, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, decidió lo siguiente: “...el avocamiento es una institución jurídica de carácter discrecional y excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, el derecho de solicitar un expediente a cualquier tribunal que esté conociéndolo y una vez que lo reciba, el derecho de resolver si se avoca o no al conocimiento del asunto y, si fuere el caso, el de poder decidir con cuál propósito se avoca y cuáles órdenes imparte. Así mismo, si bien es cierto que por vía jurisprudencial se han establecido determinadas condiciones para la procedencia del avocamiento, éste sólo deberá efectuarse por excepción y cuando los eventuales recursos o soluciones puedan resultar ineficaces para hacer Justicia, proteger el orden jurídico y los derechos colectivos e individuales...”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por el ciudadano abogado ROBERTO JOSÉ SANABRIA MANOSALVA. Publíquese, regístrese y archívese.

Palabras clave

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