Sentencia N° 201 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de mayo de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 201, Exp. C17-87, 16/05/2017
ExpedienteC17-87
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-05-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de ROBERT ALEJANDRO JOHN MELÉNDEZ, argumentando que no cumplía con la debida fundamentación exigida por el Código Orgánico Procesal Penal. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, pero la Sala consideró que la Alzada había respondido adecuadamente a las denuncias planteadas. La decisión de la Corte de Apelaciones fue confirmada, manteniendo la condena del acusado por el delito de secuestro en grado de complicidad.
Extracto de la motiva
El recurrente presentó escrito contentivo del Recurso de Casación, en el cual invocó la violación de la ley por falta de aplicación de los artículos 157 y 346 numeral 4, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, alegando la falta de motivación de la sentencia dictada por la Sala Accidental de la Sala N°1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Los Teques, en la causa seguida al ciudadano ROBERT ALEJANDRO JOHN MELÉNDEZ. Para fundamentar su denuncia expresó la defensa que la Alzada, luego de transcribir jurisprudencia sobre el concepto de motivación de las sentencias, copió 'casi textualmente' el contenido probatorio de la sentencia del tribunal de primera instancia, y que posteriormente la recurrida afirmó que de esa transcripción quedó plasmada la valoración probatoria del a quo y la forma en que concluyó en la decisión condenatoria, luego señaló que el Juzgador de primera instancia tomó en cuenta con los testimonios de los funcionarios policiales, que se había hallado un bolso contentivo de una copia de la cédula de identidad del acusado y un carnet de vieja data del mismo, así como documentos de los presuntos autores del hecho, alegando el recurrente que el tribunal de juicio consideró 'que estos objetos constituyen los primeros indicios para determinar cuáles son las personas que participaron en el hecho, circunstancia ésta que no está acreditada porque hasta la presente fecha no se sabe quiénes fueron los perpetradores de hecho ilícito'.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación presentado por el abogado Juan Ernesto Rodríguez, Defensor Público Auxiliar encargado de la Defensoría Pública Penal Décimo Sexta (16°) Penal Ordinario del estado Miranda, en representación del acusado ROBERT ALEJANDRO JOHN MELÉNDEZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente.