Sentencia N° 201 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de mayo de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 201, Exp. C10-418, 24/05/2011
ExpedienteC10-418
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-05-24
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Jorge Eliécer Rosario Toro, condenado por homicidio calificado. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por la hermana de la víctima, anulando la decisión del Tribunal de Juicio y ordenando un nuevo juicio. La Sala admitió el recurso de casación, señalando que se habían cumplido los requisitos legales y convocó a las partes a una audiencia pública para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
La Corte de Apelaciones analizó los testigos que declararon sobre la manera en que se producen los hechos lo cual es incorrecto por violar el principio de inmediación pero en ningún momento se refiere a los testigos que declararon en el juicio oral y público sobre las causas que originaron en el acusado la anormal situación que lo llevó a actuar impulsivamente cuando a altas horas de la anoche y en un poblado bastante alejado del domicilio matrimonial, observó que su esposa se encontraba en el vehículo que conducía la persona con la cual él imaginaba que lo traicionaba sentimentalmente. Fue precisamente del análisis y valoración que el juez de juicio realiza de lo declarado por los testigos que se convenció de la existencia de un estado anímico en el acusado que lo llevó a transgredir la ley bajo los efectos de un arrebato de intenso dolor. La Corte de Apelaciones solamente analizó los testigos presenciales del hecho mas no así a los que declararon sobre circunstancias anteriores al mismo pero demostrativos de la atenuante alegada. De ninguna manera la recurrida puede entrar a valorar lo dicho por las personas en el juicio oral y público por que estarían violando el artículo 16 del Código Orgánico Procesal Penal que consagra el principio de inmediación, quebrantado por la recurrida…
Dispositiva
Por ello corresponde a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia conocer sobre la desestimación o no del Recurso de Casación interpuesto por los abogados defensores del ciudadano JORGE ELIÉCER ROSARIO TORO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 465 y 466 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.