Sentencia N° 201 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 201, Exp. C04-0583, 17/05/2005
ExpedienteC04-0583
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Andrea Polo Cacciatori contra una medida precautelativa decretada por el Juzgado Sexto de Control. La defensa propuso recurso de casación, el cual fue examinado por el Tribunal Supremo de Justicia. La Sala de Casación Penal determinó que la decisión de la Corte de Apelaciones no era recurrible en casación, ya que no se trataba de una sentencia que resolviera sobre la apelación en términos que permitieran tal recurso.
Extracto de la motiva
El Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 459, señala que son recurribles en casación las sentencias de las Cortes de Apelaciones: 1) que resuelvan sobre la apelación y no ordenen la realización de un nuevo juicio oral, cuando haya pedido el Ministerio Público en la acusación o la víctima en su acusación particular o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; 2) que condenen a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas; y 3) que confirmen o declaren la terminación del juicio o hagan imposible su continuación. Conforme a lo establecido en el citado artículo 459, el recurso de casación no es el medio para impugnar los autos que resuelvan cualquier incidencia y cuando tales autos no pongan fin al proceso ni impidan su continuación. En consecuencia, la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado Sexto de Control, que decretó medida precautelativa a favor de los ciudadanos María Alejandra Marquina y José Gregorio Hernández Contreras, no es recurrible en casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la defensa del ciudadano Andrea Polo Cacciatori. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
recurso de casaciónmedida precautelativaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalinadmisibilidadderechos procesalesdelito ambiental