Sentencia N° 200 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de octubre de 2019
TSJ/SCP, Sent. N° 200, Exp. A19-161, 16/10/2019
ExpedienteA19-161
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2019-10-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado LUIS GUILLERMO RUÍZ, defensor privado de PATRICIA AZÓCAR OLIVIER y HENRY JOSÉ PARADA LEÓN. La solicitud fue considerada inadmisible debido a que no se cumplieron los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en relación a la falta de agotamiento de los recursos ordinarios y la ausencia de graves desórdenes procesales que justifiquen el avocamiento.
Extracto de la motiva
Por consiguiente, se concluye que las condiciones válidas y concurrentes requeridas por la ley para la admisión del presente avocamiento no se cumplen, siendo ineludible para la Sala de Casación Penal, declarar INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado LUIS GUILLERMO RUÍZ, defensor privado de los ciudadanos PATRICIA AZÓCAR OLIVIER y HENRY JOSÉ PARADA LEÓN, al no cumplirse los requisitos establecidos en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado LUIS GUILLERMO RUÍZ, en su carácter de defensor privado, en relación con la causa penal identificada con el alfanumérico GP01-P-2019-3280.
Palabras clave
avocamientoinadmisibledelitosestafaasociación para delinquir