Sentencia N° 20 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de febrero de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 020, Exp. C24-577, 12/02/2025
ExpedienteC24-577
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-02-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Eusebio Giménez en representación de Pascual José Robles Grimán. La decisión impugnada fue emitida por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, que declaró la nulidad de oficio de una sentencia condenatoria anterior. La Sala argumenta que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en relación a la impugnabilidad objetiva de la decisión recurrida.
Extracto de la motiva
En este contexto, se concluye que el recurso de casación, solo podrá ser ejercido por quienes estén debidamente legitimados y en contra de aquellas decisiones explícitamente determinadas en la Ley. Asimismo, solo debe ser interpuesto en estricto acatamiento a los parámetros delimitados en los artículos expuestos ut supra, tanto en tiempo como en forma, previa verificación de cada una de las exigencias anteriormente señaladas. Visto lo anterior, la Sala pasa a verificar los requisitos de admisibilidad del presente recurso, los cuales deben ser concurrentes, pues la ausencia de alguno de ellos conllevaría a declarar inadmisible el recurso interpuesto. Al respecto, se observa lo siguiente. En lo que respecta a la recurribilidad de la decisión impugnada, se observa que, en el presente caso, se ejerció recurso de casación en contra de la decisión dictada el 26 de junio de 2024, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, en la cual declaró lo siguiente: “...PRIMERO: DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO del Auto de Sentencia Condenatoria por Admisión de los Hechos, publicado en fecha primero de noviembre de dos mil diecisiete (01/11/2017)…, así como los actos realizados con ...
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado Eusebio Giménez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 122.464, actuando en este acto con el carácter de defensor privado del ciudadano PASCUAL JOSÉ ROBLES GRIMÁN, titular de la cédula de identidad número V-15.070.735, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de junio de 2024, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes.
Palabras clave
recurso de casaciónadmisibilidaddecisiones judicialeslegitimaciónCódigo Orgánico Procesal Penal