Sentencia N° 20 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de febrero de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 020, Exp. R22-361, 17/02/2023
ExpedienteR22-361
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2023-02-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Carmen Marisela Castro Gilly, se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por la abogada Yulisneida Ramírez Zacarías en nombre de Luis Miguel Zacarías Campos, quien enfrenta cargos por homicidio intencional en grado de frustración y agavillamiento. La solicitud fue fundamentada en la supuesta conmoción pública generada por los hechos del caso, argumentando que esto afectaría la imparcialidad del juicio en el estado Guárico. Sin embargo, la Sala determinó que no se presentaron pruebas suficientes que evidenciaran la existencia de una alarma o escándalo público que justificara la radicación del juicio. Se concluyó que la mera cobertura mediática no era suficiente para alterar la competencia del tribunal original. Por lo tanto, se declaró no ha lugar la solicitud de radicación, reafirmando la importancia del principio del juez natural y el debido proceso. Finalmente, la decisión fue firmada y sellada en Caracas el 17 de febrero de 2023, y se ordenó la remisión del expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

Evidenciándose en consecuencia, la parcialidad por parte del Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros Estado Guárico, en el expediente No. JP01-P-2021 -000529, al momento de acordar la orden de aprehensión en fecha 15 de diciembre de 2021, declarar legitima la aprehensión, admitir el pre calificativo de Homicidio Intencional en Grado de Frustración y Agavillamiento; decretar y mantener la Medida Privativa de Libertad en contra del ciudadano Luis Miguel Zacarías, causando tal pronunciamiento fuese objetada la idoneidad, objetividad, por esta defensa, tanto así, que la misma Juez se aparto inclusive de los distintos pronunciamientos emitidos por el Máximo Tribunal Supremo de Justicia en relación al debido proceso. En tal sentido y abundando a la solicitud de la radicación de la causa a cualquier otro Circuito Judicial distinto a los que operan en el Estado Guárico la Sala de Casación Penal en Sentencia 269 Exp R22-216 de fecha 13 de octubre de 2022, estableció: ‘(...) la sala advierte, la radicación de un juicio debe estar motivada, por un verdadero obstáculo que incida de forma directa en la recta e imparcial administración de justicia. Por ende, la petición de radicación debe estar fundamentada en acontecimientos recientes, los cuales reflejen la imposibilidad de que el proceso transite de un modo tal que la partes gocen de las garantías constitucionales y legales que han sido puestas a su disposición con el fin de alcanzar una decisión justa y correcta. De modo alguno no pretende esta defensa, violentar y apartarse del principio del Juez Natural del Imputado, es decir que el ciudadano Luis Miguel Zacarías sea juzgado y reciba una justicia imparcial, idónea, adecuada, lo que hasta la fecha no ha recibido, ya que existen circunstancias claras y precisas establecidas y alegadas en el presente escrito para que la solicitud de radicación proceda, el cual no violenta el artículo 49.4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela estando totalmente ajustado (…)” [sic] (Mayúsculas, negrillas y resaltado de la solicitante).

Dispositiva

La Sala de Casación Penal declara NO HA LUGAR la solicitud de radicación interpuesta por la abogada Yulisneida Ramírez Zacarías, del proceso penal que cursa ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, contra el ciudadano LUIS MIGUEL ZACARÍAS CAMPOS, por la presunta comisión de los delitos de “HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y AGAVILLAMIENTO”, en virtud de no encontrarse satisfechos los extremos legales previstos en el artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

radicaciónhomicidioimparcialidadjusticiadebido procesodefensaCódigo Orgánico Procesal Penal

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