Sentencia N° 20 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de enero de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 020, Exp. C10-301, 27/01/2011
ExpedienteC10-301
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-01-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Ana Cecilia Millán, en representación del acusado Antonio Anicasio Medina Colón, contra la decisión de la Sala Dos de la Corte de Apelaciones que había confirmado la condena por robo agravado. La Sala consideró que la Corte de Apelaciones había motivado adecuadamente su decisión y que no existían vicios en la valoración de las pruebas presentadas en el juicio. Se destacó que la sentencia impugnada analizó los testimonios y evidencias de manera coherente y ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
La recurrente en el recurso de casación propuesto, señaló que la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones carece de motivación, al no haber verificado (en su opinión) la inmotivación en la que incurrió el tribunal de juicio cuando resolvió el recurso de apelación propuesto por la Defensa; en consecuencia solicitó a esta Sala sea declarado con lugar dicho recurso y se ordene la celebración de un nuevo juicio oral y público. Ahora bien, de la revisión del presente expediente, la Sala observó, que la Defensa, en relación con este punto, interpuso el recurso de apelación, en los términos siguientes: '…DE LA FALTA DE MOTIVACIÓN DE LA DECISIÓN RECURRIDA La decisión dictada en audiencia pública de fecha 1 de Febrero de 2010, por el Tribunal quinto de Primera Instancia en función de Juicio de esta Circunscripción Judicial, es totalmente inmotivada, en razón de que la Juzgadora no analizó en forma individual la participación de los acusados, limitándose simplemente a valorar cada uno de los medios probatorios promovidos y evacuados sin adminicular la universalidad de estos medidos de prueba, para llegar a una conclusión real y ajustada a la realidad, sin violación de principios y derechos fundamentales, destacando pues, de esta manera la participación que cada uno de los acusados tuvo en el hecho, por lo que tal decisión debe ser declarada NULA, por cuanto causa indefensión y vulnera el debido proceso, violando además el Principio de Exhaustividad al cual se encuentra sometido todo Juez, esto es, el órgano jurisdiccional debe someterse a todo lo alegado y probado en los autos.'
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Trigésima Primera del Área Metropolitana de Caracas, ciudadana abogada ANA CECILIA MILLÁN, en representación del ciudadano acusado ANTONIO ANICASIO MEDINA COLÓN, en contra de la decisión dictada el 29 de junio de 2010, por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
robo agravadocasación penalmotivación de la sentenciaderecho a la defensa