Sentencia N° 20 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de febrero de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 20, Exp. C06-0529, 06/02/2007
ExpedienteC06-0529
PonenteHÉCTOR CORONADO FLORES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-02-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró con lugar un recurso de apelación en un caso de robo agravado. Posteriormente, el abogado defensor José Rosario Niño Casanova interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia, argumentando que la decisión de la Corte vulneraba principios fundamentales como la presunción de inocencia. La Sala de Casación Penal, tras analizar el caso, decidió desestimar el recurso por inadmisible, considerando que la decisión de la Corte de Apelaciones no ponía fin al juicio ni hacía imposible su continuación.

Extracto de la motiva

El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, establece las decisiones impugnables por la vía del recurso extraordinario de casación. En el presente caso, se recurre de la decisión dictada en fecha 21 de abril de 2006, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Táchira, que revocó el auto dictado en fecha 18 de marzo de 2006, por el Juzgado Décimo de Control del referido circuito judicial, mediante el cual se declaró la flagrancia y se decretó la aplicación del procedimiento ordinario. Esto en contravención a lo dispuesto en el último aparte del articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que una vez que el juez de control ha verificado los requisitos para declarar la flagrancia y siempre que el Ministerio Público lo haya solicitado, decretará la aplicación del procedimiento abreviado. Tal decisión no pone fin al juicio, ni hace imposible su continuación, sino por el contrario restablece el orden en un proceso que apenas se inicia. Razón por la cual la Sala, considera procedente desestimar, por inadmisible, el recurso propuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por el abogado José Rosario Niño Casanova, en su carácter de defensor del imputado Erwin Alfonso Bautista Carrero. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

robo agravadocasaciónflagranciapresunción de inocenciaCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de ApelacionesTáchira

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca