Sentencia N° 2 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de enero de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 002, Exp. E24-4, 30/01/2024
ExpedienteE24-4
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2024-01-30
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano Moisés Raúl Cordero Méndez, requerido por la presunta comisión del delito de extorsión en perjuicio de Paula Cristina Dos Santos Roque. La decisión se fundamenta en la existencia de una orden de aprehensión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, así como en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación nacional e internacional sobre extradición. La Sala también asume el compromiso de garantizar que el ciudadano Cordero será juzgado únicamente por el delito de extorsión, respetando sus derechos constitucionales y procesales. Se ordena remitir copias certificadas de la decisión al Poder Ejecutivo Nacional para su ejecución. La sentencia se firma en Caracas el 30 de enero de 2024, con la participación de la magistrada ponente y otros magistrados de la Sala de Casación Penal.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 266, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, numeral 1 del artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en los artículos 382 al 385, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición activa del ciudadano MOISÉS RAÚL CORDERO MÉNDEZ, de nacionalidad venezolana e identificado en el expediente con la cédula de identidad número V-12.709.661,de conformidad con las siguientes consideraciones de Ley. La Ley Orgánica de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, publicado en Gaceta Oficial N° 6.644, Extraordinario de fecha 17 de septiembre de 2021, en su Libro Tercero, “De los Procedimientos Especiales”, Título VI, artículo 382, establece, que el procedimiento de extradición se rige por las normas de dicho Título, así como, por los Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales suscritos por la República; y el artículo 383, regula la Ext

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA PROCEDENTE solicitar a la República Italiana la EXTRADICIÓN ACTIVA del ciudadano MOISÉS RAÚL CORDERO MÉNDEZ, de nacionalidad venezolana e identificado en el expediente con la cédula de identidad número V-12.709.661, para su enjuiciamiento penal en territorio venezolano, por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN, tipificado en el artículo 459 del Código Penal, (normativa vigente para el momento de los hechos), en perjuicio de la ciudadana PAULA CRISTINA DOS SANTOS ROQUE. SEGUNDO: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal ASUME el firme compromiso, ante la República Italiana, que el mencionado ciudadano será procesado únicamente por la presunta comisión del delito EXTORSIÓN, tipificado en el artículo 459 del Código Penal. TERCERO: ORDENA remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, copias certificadas de la presente decisión y de las actuaciones que cursan en el expediente.

Palabras clave

extradiciónextorsiónMoisés Raúl Cordero MéndezPaula Cristina Dos Santos Roque

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