Sentencia N° 2 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de enero de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 002, Exp. C03-0314, 20/01/2004
ExpedienteC03-0314
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-01-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Nro. 7 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Jhonny de Jesús Peña, condenado a seis años y diez meses de prisión por homicidio frustrado, lesiones personales y porte ilícito de arma de fuego. La defensa argumentó que no se demostraron los elementos del delito de homicidio frustrado, sino lesiones personales, y que el acusado actuó bajo un estado de perturbación mental por embriaguez.
Extracto de la motiva
Los impugnantes alegan, como único motivo de procedencia del recurso, la infracción de los artículos 407, en relación con el 80, y 416, del Código Penal, por considerar que de los hechos objeto del juicio no se desprende la comisión del delito de homicidio frustrado sino el de lesiones personales. Como se observa, plantean error en la calificación del delito, no obstante, discuten los hechos probados por el juzgador. En tal sentido, la Sala ha sostenido en forma reiterada, que cuando se alega error de derecho, por indebida o falta de aplicación de una norma sustantiva, se deben respetar los hechos dados por probados, pues, si se cuestiona el establecimiento de los hechos, mal podría alegarse error de derecho en la calificación del delito.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa.
Palabras clave
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