Sentencia N° 199 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de mayo de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 199, Exp. A09-94, 12/05/2009
ExpedienteA09-94
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2009-05-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Eladio Ramón Aponte Aponte, decidió declarar con lugar la solicitud de avocamiento presentada por la Fiscal Octava del Ministerio Público, Mery Gómez Cadenas, en relación a la nulidad de la sentencia dictada por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La Corte de Apelaciones había anulado la sentencia condenatoria del Juzgado Cuarto, argumentando falta de motivación, lo que fue considerado insuficiente por la Sala de Casación Penal, que observó la ausencia de un análisis claro y preciso de los elementos probatorios por parte de la Corte de Apelaciones.
La Sala de Casación Penal determinó que la falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones vulneró el debido proceso y la tutela judicial efectiva, afectando el interés social y colectivo. En consecuencia, se ordenó la remisión del expediente a un nuevo tribunal para que se dicte una nueva sentencia, prescindiendo de los vicios señalados en la decisión anulada. La sentencia se firmó el 12 de mayo de 2009, en el contexto de un caso relacionado con actos terroristas y la participación de varios acusados en delitos graves que pusieron en peligro la seguridad pública y las relaciones internacionales de Venezuela.
Extracto de la motiva
La argumentación de los fundamentos de hecho y de derecho, como uno de los requisitos indispensables de las sentencias (…) esta referido a la obligación de los jueces, tanto de instancia como de alzada, de elaborar en sus fallos el razonamiento jurídico hilado y congruente que resulte de la evaluación del suceso o de lo alegado en el recurso de apelación, según el caso…
Dispositiva
Primero: Se declara Con Lugar, la solicitud de avocamiento propuesta, por la ciudadana abogada Mery Gómez Cadenas, Fiscal Octava del Ministerio Público. Segundo: Se anula la sentencia dictada el 20 de enero de 2009, por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y se ordena remitir el expediente al Presidente del mismo Circuito Judicial Penal, para su respectiva distribución y que una Sala distinta a la que conoció, dicte una nueva sentencia prescindiendo de los vicios aquí expuestos.
Palabras clave
avocamientodelitos de terrorismofalta de motivaciónsentencia condenatoriaderecho a la defensadebido procesotutela judicial efectivainterés social