Sentencia N° 198 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de junio de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 198, Exp. C22-137, 15/06/2022
ExpedienteC22-137
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-06-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia el 15 de junio de 2022, declarando inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado WILIEM ASSKOUL SAAB, en representación de EDGAR ALBERTO PRADA DÍAZ, contra la decisión de la Sala 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La decisión apelada había declarado con lugar el recurso de apelación contra una sentencia anterior del Tribunal Noveno de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control. La Sala fundamentó su decisión en que la sentencia impugnada no era recurrible en casación, ya que no se trataba de una decisión que confirmara o declarara la terminación del proceso, sino que anulaba una decisión anterior y ordenaba la realización de una nueva audiencia preliminar. Por lo tanto, se consideró que no se cumplía con el requisito de impugnabilidad objetiva establecido en la ley. Finalmente, la Sala declaró inadmisible el recurso de casación, conforme a lo previsto en los artículos 451 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

motivan el inicio del presente proceso penal, en el escrito de contestación del recurso de apelación por parte del Fiscal Septuagésimo (70°) del Ministerio Público, inserto en los autos en los siguientes términos: “…En fecha 14 de noviembre del año 2016, el ciudadano EDGAR PRADA, se presentó en el Restaurant FAVOLA ubicado en la Castellana, Avenida Principal con Calle El Bosque, siendo aproximadamente las nueve (9) horas de la mañana, en compañía de los ciudadanos ISABEL MARTINEZ, LUIS EDUARDO RUEDA Y ELSY MARIN MORALES, con el objeto de ingresar IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 14 al aludido local en virtud que es uno de los propietarios de la

Dispositiva

DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación ejercido por el abogado WILIEM ASSKOUL SAAB, apoderado judicial del ciudadano EDGAR PRADA DÍAZ, contra la sentencia dictada el 19 de enero de 2022, por la Sala 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en los artículos 451 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

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