Sentencia N° 198 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de mayo de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 198, Exp. C08-390, 12/05/2009
ExpedienteC08-390
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-05-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Estado Lara declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el defensor público en contra de la sentencia que condenó a Gustavo Enrique Lameda a 14 años y 6 meses de prisión por delitos de robo agravado, abuso sexual a adolescente y lesiones personales. El defensor argumentó falta de motivación en la sentencia y la inobservancia de derechos procesales. La Sala de Casación Penal del TSJ admitió la denuncia de falta de motivación y anuló la decisión de la Corte de Apelaciones, ordenando la reposición del caso para que se resuelva el recurso propuesto por el acusado con prescindencia de los vicios que llevaron a la nulidad.
Extracto de la motiva
La motivación de las resoluciones judiciales cumple una doble función. Por una parte, permite conocer los argumentos que justifican el fallo y, por otra, facilita el control de la correcta aplicación del derecho. De ahí que, la finalidad o la esencia de la motivación no se reduce a una mera o simple declaración de conocimiento sino que ha de ser la conclusión de una argumentación que ajustada al thema decidendum, permita tanto a las partes como a los órganos judiciales superiores y demás ciudadanos conocer las razones que condujeron al dispositivo del fallo, de manera tal que pueda comprobarse que la solución dada al caso es consecuencia de una interpretación racional del ordenamiento que escapa de lo arbitrario. El derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el artículo 26 constitucional, comprende la obligación, por parte de los jueces, de justificar racionalmente las decisiones judiciales, permitiendo tal y como lo afirma Fernando Díaz Cantón: 'el control de la corrección sustancial y de la legalidad formal del juicio previo, para asegurar el respeto a los derechos individuales y a las garantías de igualdad ante la ley e inviolabilidad de la defensa en juicio, así como el mantenimiento del orden jurídico penal por una más uniforme aplicación de la ley sustantiva'.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara con lugar la primera denuncia admitida, anula la decisión dictada por La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 13 de junio de 2008 y, en consecuencia, ordena la reposición de la causa al estado en que otra Sala de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, resuelva el recurso propuesto por el acusado Gustavo Enrique Lameda con prescindencia de los vicios que condujeron la presente nulidad. Así se declara.
Palabras clave
casacionrobo agravadoabuso sexuallesiones personalestutela judicial efectivamotivacionderecho a la defensadebido proceso