Sentencia N° 197 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de julio de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 197, Exp. C18-139, 02/07/2018
ExpedienteC18-139
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2018-07-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Primera del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, en representación de un adolescente condenado por homicidio calificado en grado de complicidad. La decisión se basa en la falta de fundamentación adecuada de las denuncias presentadas, las cuales no cumplen con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala concluye que las alegaciones de la recurrente no demuestran violaciones a derechos fundamentales ni errores en la valoración de pruebas por parte de los tribunales inferiores.
Extracto de la motiva
La recurrente plantea que la Corte Superior de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, violó 'principios y garantías constitucionales' cuando estableció en el fallo que 'se constató que las circunstancias fácticas fueron subsumidas en la norma penal y que la sentencia recurrida cumplió con los extremos de ley (...) concluyendo que sus observaciones fueron determinantes para inculpar al adolescente (...)' siendo que, a su juicio, el tribunal de la primera instancia 'no explica de qué manera llega a esos hechos con las pruebas practicadas en el juicio oral y privado'. Esta Sala de Casación Penal advierte que la referida denuncia no cumple con las exigencias establecidas por el legislador en los artículos 452 y 454 del Código Orgánico Procesal Penal, pues la recurrente obvió la indicación específica de las razones por las cuales la Corte Superior de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Monagas presuntamente infringió 'los principios y garantías constitucionales', limitándose a afirmar que 'constituye una total violación del debido proceso (...) el derecho a la defensa (...) el principio de presunción de inocencia y el derecho a ser oído'.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Primera del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Monagas, en su carácter de Defensora del adolescente (cuya identidad se omite de conformidad con lo previsto en los artículos 65, parágrafo segundo, y 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contra la sentencia dictada el 15 de diciembre de 2017, por la Corte Superior de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, de acuerdo con lo previsto en los artículos 610 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.