Sentencia N° 197 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de mayo de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 197, Exp. A11-119, 24/05/2011
ExpedienteA11-119
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-05-24
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Enio Ramón Anzola París, defensor del ciudadano Octavio Ramón Chávez Riera. La decisión se fundamenta en que el solicitante no cumplió con la carga procesal de acompañar copias simples o certificadas de los actos cuya impugnación se pretendía revisar, lo que constituye un requisito indispensable para la admisión de la solicitud de avocamiento. La Sala enfatiza que la figura del avocamiento es de aplicación restrictiva y debe ser precedida de un conocimiento sumario de la situación aducida como grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal observa que, en el caso sub examine, no se verifican los requisitos de admisibilidad de un avocamiento pues el solicitante no acreditó tales circunstancias y la Sala no tiene que suplir la carga probatoria que corresponde a los solicitantes de avocamientos ni su consiguiente inactividad en dicho sentido. (Vid. Sentencia N° 392 del 21 de junio de 2005). Finalmente, como corolario de todos los razonamientos antes expuestos y, por cuanto el peticionante en el caso bajo análisis no dio cumplimiento a la carga impuesta, señalada ut supra, para la admisión del avocamiento la cual no corresponde a esta Sala de Casación Penal suplir, resulta forzoso declarar la inadmisibilidad a limine de la presente solicitud de avocamiento. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD a limine de la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano abogado ENIO RAMÓN ANZOLA PARIS, Defensor Privado del ciudadano acusado OCTAVIO RAMÓN CHÁVEZ RIERA. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.
Palabras clave
prescripciónacción penalavocamientodebido procesoinseguridad jurídicaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal