Sentencia N° 195 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de mayo de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 195, Exp. C12-375, 28/05/2013
ExpedienteC12-375
PonenteÚrsula María Mujica Colmenarez
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-05-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por el defensor de ALEXANDER OMAR GONZÁLEZ, quien había sido condenado a tres años de prisión por fraude en grado de cómplice necesario. La defensa alegó la prescripción de la acción penal, argumentando que habían transcurrido más de doce años desde la comisión del delito sin que se hubieran realizado actuaciones interruptivas. Sin embargo, la Sala desestimó el recurso, señalando que existieron actos que interrumpieron la prescripción y que la decisión de la Corte de Apelaciones fue correcta al no declarar la prescripción.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurrente plantea su denuncia en los siguientes términos: El recurrente, de conformidad con el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal, (hoy artículo 452), denuncia infracción del artículo 108 del Código Penal, por errónea interpretación, fundamentando su denuncia de la siguiente forma: ‘…Ahora bien, el delito de FRAUDE, por el cual fue condenado mi representado, tiene asignada una pena de uno a cinco años de prisión de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 465 del Código Penal vigente para esa fecha en que ocurrieron los hechos, siendo término medio conforme (sic) al lo dispuesto en el artículo 37 de nuestra Ley Adjetiva Penal tres años...’. La Sala para decidir observa: En la presente denuncia, el recurrente expresa las razones por las cuales considera debe decretarse la prescripción y por ende el sobreseimiento de la causa. Luego pasar a señalar que la Corte de Apelaciones, en su fallo, decide que tanto la prescripción ordinaria como la extraordinaria, no procede en el presente caso. Ahora bien, esta Sala en sentencia N° 069, de fecha 1° de Marzo de 2011, Exp. C10-424, Ponencia de la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, estableció lo siguiente: ‘…La Sala observa, que el recurrente incumplió con los requisitos exigidos por la Sala mediante jurisprudencia reiterada, para el planteamiento correcto de la infracción de la ley, por errónea interpretación de determinada norma...’.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, esta Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano ALEXANDER OMAR GONZÁLEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

casaciónderecho a la defensaproceso penalinfracciónmotivaciónnormas programáticas

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