Sentencia N° 195 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de junio de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 195, Exp. C10-141, 02/06/2010
ExpedienteC10-141
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-06-02
DecisiónADMITE
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por el apoderado judicial de la víctima, José Rafael Viani, en relación a la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró desistidos los recursos de apelación por inasistencia de las partes. La Sala de Casación Penal admite el recurso y convoca a las partes a una audiencia pública, estableciendo un plazo para su celebración. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa y la correcta aplicación de las normas procesales.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Por cuanto el recurso de casación propuesto por el Apoderado Judicial de la víctima, ciudadano José Rafael Viani, representante de la Empresa C.A.P.E.M. C.A se encuentra debidamente planteado, la Sala de Casación Penal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, lo ADMITE y CONVOCA a las partes a una audiencia pública, la cual ha de celebrarse en un lapso no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley ADMITE el recurso de casación propuesto por el Apoderado Judicial de la víctima y CONVOCA a las partes a una audiencia pública, la cual ha de celebrarse en un lapso no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, notifíquese y convóquese a las partes.
Palabras clave
derecho a la defensaaudiencianotificaciónCódigo Orgánico Procesal Penalnulidadrecurso de casaciónparte querellanteMinisterio Público