Sentencia N° 194 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de abril de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 194, Exp. C01-0248, 18/04/2002
ExpedienteC01-0248
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-04-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación propuesto por la defensa de Rosa del Coromoto Flores López, quien había sido condenada por hurto calificado. La Sala consideró que los hechos no configuraban el delito de hurto, sino que se trataba de un caso de autojusticia, dado que la acusada había actuado para recuperar bienes que le pertenecían. La decisión se fundamentó en la revisión de la calificación del delito y la aplicación de la ley correspondiente.

Extracto de la motiva

Considera la Sala que el sentenciador, al tipificar de tal manera los hechos de autos, incurrió en error de derecho en la calificación del delito. En efecto, aparece demostrado, que la acusada, propietaria del mencionado apartamento, violentó la cerradura y tomó posesión de los bienes muebles que allí se encontraban, pertenecientes a la arrendataria, ciudadana Iris Cristina Poleo de De Osambela, por cuanto ésta, por un período mayor de dos años y medio, se negaba a desocupar el inmueble, a pagar las facturas de teléfono, de la luz, el condominio y el cánon de arrendamiento, estipulado, este último, en quince mil bolívares mensuales. Este hecho no puede ser configurativo del delito de hurto, previsto en el artículo 455 del Código Penal, sino en el delito de hacerse justicia por sí mismo, tipificado en el artículo 271 ejusdem. El hecho típico de hacerse justicia por sí mismo exige que el sujeto, con el objeto sólo de ejercer un pretendido derecho, haga uso de violencia, con o sin armas, contra las personas o sobre las cosas. En el presente caso, no está demostrado en la acusada el espíritu de lucro sino del ejercicio del derecho de pagarse las cantidades adeudadas por concepto del arrendamiento del inmueble de su propiedad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa, anula, de oficio, el fallo recurrido. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 467 del reformado Código Orgánico Procesal Penal, absuelve a la ciudadana Rosa del Coromoto Flores López del delito de hurto calificado, previsto en el artículo 455, ordinal 4°, del Código Penal.

Palabras clave

hurto calificadoautojusticiaCódigo Penalrecurso de casaciónderecho a la defensainfracción de leysentenciaCorte de Apelaciones

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