Sentencia N° 192 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de abril de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 192, Exp. C24-142, 25/04/2024
ExpedienteC24-142
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-04-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Trino José Márquez Camperos, defensor de Miguel Ángel Flores Meneses, contra la decisión de la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. Esta última había declarado sin lugar el recurso de apelación presentado por el abogado, confirmando la decisión del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, que admitió la acusación por el delito de violencia psicológica y ordenó la apertura del juicio oral. La Sala fundamentó su decisión en la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, ya que la decisión impugnada no era recurrible por ser meramente interlocutoria.
Extracto de la motiva
En tal sentido, corresponde a esta Sala de Casación Penal determinar si dicha decisión se encuentra sujeta a la censura de la casación por parte de esta Máxima Instancia Judicial. Señalado lo anterior, es necesario traer a colación el principio de impugnabilidad objetiva, consagrado en el artículo 423 del Código Orgánico Procesal Penal, que señala: “Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos…”. En el presente caso, nos encontramos ante un Recurso de Casación, el cual tiene un carácter especial, y comprende un conjunto de requisitos que regulan su interposición y admisibilidad, requerimientos que van más allá de una mera formalidad, por lo tanto de manera particular, el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, enumera de forma taxativa, cuáles son las sentencias que pueden impugnarse mediante el recurso de casación.
Dispositiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación incoado, el 30 de enero de 2024, por el abogado Trino José Márquez Camperos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 46.759, actuando como defensor del ciudadano MIGUEL ÁNGEL FLORES MENESES, contra la decisión dictada el 18 de diciembre de 2023.
Palabras clave
recurso de casaciónviolencia psicológicaimpugnabilidaddecisiones judicialesCódigo Orgánico Procesal Penal