Sentencia N° 190 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de noviembre de 2021

TSJ/SCP, Sent. N° 190, Exp. A21-56, 25/11/2021
ExpedienteA21-56
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2021-11-25
DecisiónSobreseimiento

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Maikel José Moreno Pérez, dictó una decisión en la que se decreta el sobreseimiento de la causa seguida contra Antonio Gómez López por la presunta comisión de delitos relacionados con la legitimación de capitales y contrabando. La decisión se fundamenta en la falta de pruebas suficientes y en la violación del debido proceso por parte del Ministerio Público, que no logró presentar hechos claros y precisos que sustentaran la acusación. Además, se ordena el cese inmediato de todas las medidas que pesen sobre el acusado.

Extracto de la motiva

motivado de los pronunciamientos emitidos en la señalada audiencia (folios 55- 127, pieza 26-31). En fecha 16 de septiembre de 2015, se realizó ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del estado Aragua, la audiencia especial para dirimir la solicitud de arresto domiciliario, al término de la misma el juez acordó emitir pronunciamiento por separado; y en la misma fecha publicó la decisión, mediante la cual, cambio el sitio de reclusión del ciudadano ANTONIO GÓMEZ LÓPEZ, preservando el derecho a la vida y a la salud, a su lugar de residencia con apostamiento policial (folios 185 al 191, pieza 26-31). El 18 de septiembre de 2015, los abogados Dizlery Cordero León y José Daniel Acosta, Fiscal Provisoria y Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Octogésima Cuarta del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Materia Penal, Tributaria y Aduanera, respectivamente, y Yulimi Marcano, Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, presentaron acusación en contra del ciudadano ANTONIO GÓMEZ LÓPEZ, por los delitos de LEGITIMACIÓN DE CAPITALES y ASOCIACIÓN, previstos y sancionados en los “artículos 4 y 6, en relación con el artículo 16, ordinal 4 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada”, vigente para el momento de los hechos, CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 20, numeral 3 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, y OBTENCIÓN DE DIVISAS A TRAVÉS DE MEDIOS FRAUDULENTOS, tipificado en el artículo 10 de la Ley Contra Ilícitos Cambiarios. Respecto, al ciudadano JONATHAN GÓMEZ MEDINA, la Fiscalía se reservó el derecho de “continuar con la investigación”. El 9 de junio de 2017, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, sustituyó la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al ciudadano ANTONIO GÓMEZ LÓPEZ, por la medida cautelar sustitutiva de libertad, IAJuriss.com | Base de Datos Jurí

Dispositiva

PRIMERO: decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ANTONIO GÓMEZ LÓPEZ (…) por la presunta comisión de los delitos de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, CONTRABANDO AGRAVADO, LEGITIMACIÓN DE CAPITALES y OBTENCIÓN DE DIVISAS A TRAVÉS DE MEDIOS FRAUDULENTOS, por lo que conforme a las previsiones del artículo 20 numeral 2 ejusdem, referido a la persecución más de una vez por el mismo hecho, se insta al Ministerio Público a presentar un nuevo acto conclusivo en un lapso no mayor de treinta (30) días, sin el defecto señalado.

Palabras clave

derecho a la defensaindefensiónproceso penalexcepciónCódigo Orgánico Procesal Penaldebido procesojusticiavicios procesales

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