Sentencia N° 190 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de junio de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 190, Exp. C12-140, 06/06/2012
ExpedienteC12-140
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-06-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del Recurso de Casación interpuesto por la abogada Raiza Valentina Torres Durán en representación de ROSMER JOSÉ CAPOTE LÓPEZ. La decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, que declaró inadmisible el recurso de apelación, fue considerada inimpugnable a través del recurso de casación, ya que no ponía fin al juicio ni impedía su continuación.

Extracto de la motiva

De la lectura del presente escrito, esta Sala observa que lo pretendido es impugnar mediante el Recurso de Casación la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 17 de febrero de 2012, en la cual se declaró inadmisible el recurso de apelación presentado por la defensa del ciudadano ROSMER JOSÉ CAPOTE LÓPEZ, en contra del mantenimiento de la medida judicial privativa preventiva de libertad, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la audiencia preliminar celebrada en fecha 24 de enero de 2012. Ahora bien, es menester hacer mención del artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual señala las decisiones recurribles en casación, y al respecto establece: “Decisiones recurribles. El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas. Asimismo serán impugnables las decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aun cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior.” (Subrayado de la Sala). De la lectura del artículo transcrito, se evidencia que la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, es inimpugnable objetivamente a través del Recurso de Casación, pues no pone fin al juicio ni impide su continuación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por la abogada Raiza Valentina Torres Durán, en su condición de defensora privada del ciudadano ROSMER JOSÉ CAPOTE LÓPEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

recurso de casacióninadmisionderecho penalmedida cautelartribunales

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