Sentencia N° 19 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de febrero de 2023
TSJ/SCP, Sent. N° 019, Exp. C23-16, 17/02/2023
ExpedienteC23-16
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-02-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por el Ministerio Público y la abogada de la víctima, en relación con la decisión de la Corte de Apelaciones que decretó el sobreseimiento de la causa por prescripción de la acción penal. La Sala argumentó que el delito en cuestión tiene una pena máxima inferior a cuatro años, lo que lo hace irrecurrible en casación según el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLES los Recursos de Casación presentados por los abogados César Oscar Flores Mota y Aris Daniela Llorente Herrera, en su carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar adscritos a la Fiscalía Sexagésima Cuarta a Nivel Nacional con Competencia en Defensa para la Mujer del Ministerio Público; y por la abogada Susana Barreiros, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 126.526., actuando como apoderada judicial de la ciudadana Ana Muentes de Santana, titular de la cédula de identidad número V-6.898.915., quien funge como víctima, contra la decisión dictada en fecha 07 de septiembre de 2022, por la Corte de Apelaciones en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en el Área Metropolitana de Caracas, al no encontrarse satisfechas las exigencias del artículo 451, en correlación con el artículo 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en el proceso penal seguido a los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CISNEROS BARRETO y JOSÉ ÁNGEL BERNAL PÉREZ, titulares de la cedulas de identidad números V-14.851.201 y V-6.460.690., respectivamente, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigente al momento de los hechos.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLES los Recursos de Casación presentados por los abogados César Oscar Flores Mota y Aris Daniela Llorente Herrera, y por la abogada Susana Barreiros, contra la decisión dictada en fecha 07 de septiembre de 2022, por la Corte de Apelaciones en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer.