Sentencia N° 19 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de febrero de 2019
TSJ/SCP, Sent. N° 019, Exp. C18-314, 18/02/2019
ExpedienteC18-314
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2019-02-18
DecisiónAnula de oficio
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula de oficio las actuaciones de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, debido a la falta de notificación efectiva a la víctima sobre la decisión que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público. Se establece que la notificación es un derecho fundamental que garantiza el acceso a la justicia y el ejercicio de los recursos pertinentes por parte de las partes involucradas en el proceso penal.
Dispositiva
PRIMERO: ANULA DE OFICIO las actuaciones realizadas por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, con posterioridad a la decisión del 4 de agosto de 2016, en la que declaró: “(…) PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación con efecto suspensivo interpuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, en fecha catorce (14) de diciembre de 2015, por (…) la representación de la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial (…). SEGUNDO: En virtud de no admitirse el presente recurso (…) quedará vigente la decisión (…)