Sentencia N° 189 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de mayo de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 189, Exp. C13-134, 28/05/2013
ExpedienteC13-134
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-05-28
DecisiónDESESTIMADO POR INADMISIBLE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de casación interpuesto por el abogado Oscar Iván Cañas Vásquez, en representación de un ciudadano cuyo nombre fue omitido. El recurso fue presentado contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Táchira, que declaró inadmisible un recurso de apelación relacionado con la nulidad de autos emitidos por un tribunal inferior. La Sala determinó que la decisión impugnada no era recurrible en casación, ya que no finalizaba el proceso ni solicitaba la aplicación de una pena privativa de libertad que excediera los límites establecidos por la ley.
Extracto de la motiva
El recurso de casación fue interpuesto por el abogado OSCAR IVÁN CAÑAS VÁSQUEZ, quien aceptó el nombramiento para actuar como defensor... En consecuencia, el recurrente se encuentra debidamente facultado para impugnar el fallo según lo dispuesto en el artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal. A su vez, con respecto al supuesto de la temporalidad, el recurso se interpuso en fecha siete (7) de enero de 2013, quince (15) días antes de iniciar el lapso para su interposición... En virtud de lo señalado, la Sala considera que el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado OSCAR IVÁN CAÑAS VÁSQUEZ, fue interpuesto contra una decisión de corte de apelaciones que no finaliza el proceso...
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara DESESTIMADO POR INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado OSCAR IVÁN CAÑAS VÁSQUEZ, contra decisión dictada el dieciocho (18) de diciembre de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Remítase.