Sentencia N° 188 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de abril de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 188, Exp. A13-443, 17/04/2015
ExpedienteA13-443
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-04-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el Fiscal Centésimo Séptimo del Ministerio Público, Lino Antonio Ávila Castillo, en relación con el caso de Ingo Ricardo Tross Vareschi, acusado de abuso sexual a una niña. La Sala argumentó que, tras la condena del acusado el 23 de enero de 2014, surgió una causa de inadmisibilidad sobrevenida, ya que las partes tienen la posibilidad de ejercer recursos ordinarios contra el fallo condenatorio. La decisión se fundamenta en la necesidad de agotar todos los recursos procesales existentes antes de recurrir al avocamiento, que es un mecanismo excepcional.

Extracto de la motiva

La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ratifica (…) ese carácter excepcional del avocamiento, porque lo manda aplicar con suma prudencia y sólo en casos graves o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, (…) o la institucionalidad democrática venezolana…

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA de la Solicitud de Avocamiento propuesta por el abogado Lino Ávila, Fiscal Centésimo Séptimo del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, respecto de la causa AP01-S-2011-119901, en relación con el ciudadano INGO RICARDO TROSS VARESCHI, que cursa ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACIÓN ORAL, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que proceda, con la urgencia que amerita el caso, a imponer al ciudadano Ingo Ricardo Tross Vareschi del fallo dictado el 23 de enero de 2014 por el referido Tribunal, mediante el cual lo condenó a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACIÓN ORAL, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Palabras clave

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