Sentencia N° 188 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de junio de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 188, Exp. C11-387, 06/06/2012
ExpedienteC11-387
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-06-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de junio de 2012, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de los ciudadanos Jackson José Fajardo Mujica y Janderson José Fajardo Mujica, anulando el fallo de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, pero la Sala encontró que no se habían expuesto adecuadamente las razones que justificaran dicha confirmación, lo que constituyó un vicio de inmotivación.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones con esta fundamentación, transcrita en el párrafo anterior, concluyó que no le asiste la razón a la recurrente y que lo procedente y ajustado a Derecho era declarar sin lugar el recurso de apelación. Esta Sala al examinar la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida observa, que ésta se limitó a transcribir en su parte motiva el Recurso de Apelación, la contestación que hiciere el Ministerio Público y la sentencia dictada por el Juzgado de Juicio, concluyendo que no le asistía la razón a la recurrente, pero no expone sus propias razones por las cuales consideró que lo decidido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio de ese Circuito Judicial Penal, extensión El Vigía se encontraba motivado.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Casación interpuesto por la Defensora Pública Cuarta en lo Penal Ordinario del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, extensión El Vigía, a favor de los ciudadanos JACKSON JOSÉ FAJARDO MUJICA, y JANDERSON JOSÉ FAJARDO MÚJICA, abogada LEDY ALICIA PACHECO FLORES, en consecuencia ANULA el fallo dictado el 14 de Junio de 2011 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente de ese Circuito Judicial Penal, para que previa distribución se dicte nueva sentencia, con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la nulidad anterior. SEGUNDO: DECLARA EL EFECTO EXTENSIVO de la presente declaratoria con lugar, al acusado ONEIVER JOSÉ CONTRERAS MÁRQUEZ, antes identificado, por aplicársele idénticos motivos que a los recurrentes, sin que en ningún caso lo perjudique.

Palabras clave

inmotivaciónapelaciónderecho a la defensaproceso penalsentenciaCorte de Apelaciones

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