Sentencia N° 187 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de abril de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 187, Exp. C08-0056, 08/04/2008
ExpedienteC08-0056
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-04-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, admitió el recurso de casación interpuesto por la defensora del ciudadano JIMMY ENDRY CAMPOS VÁSQUEZ, quien había sido condenado a catorce años y seis meses de prisión por los delitos de robo agravado y tentativa de robo de vehículo automotor. La Sala observó que la falta de motivación de la sentencia de la Corte de Apelaciones era un vicio que debía ser revisado, cumpliendo así con las garantías establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se convocó a las partes a una audiencia oral y pública para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
La recurrente denuncia la infracción de los artículos 173, 364 ordinal 4º, 441 y 456 todos del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que la sentencia definitiva emanada de la Sala Tres de la Corte de Apelaciones del estado Zulia, adolece del vicio de incongruencia negativa, en virtud que: “...los Juzgadores de la recurrida no se pronunciaron respecto de todas las pretrensiones (sic) sin efectuar una decantación con razonamientos lógicos que le da la legislación procesal penal respecto a la Segunda y Tercera Denuncia Formulada y no dio una congrua respuesta a lo alegado por la defensa. En consecuencia, la Sala 3 de la Corte de Apelaciones...no realizó la labor que le corresponde de comparar lo denunciado por el impugnante en el recurso de apelación con lo manifestado en el fallo del juzgado de juicio... (Omissis)... La Corte de Apelaciones, en su sentencia se incurrió en el vicio de inmotivación, en razón de que la recurrida no motivó expresamente las razones que la condujeron a concluir en el fallo que dictó la responsabilidad y consiguiente culpabilidad del ciudadano JIMMY CAMPO, en los delitos Imputados...”.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de casación propuesto por la defensora del ciudadano acusado JIMMY ENDRY CAMPOS VÁSQUEZ y CONVOCA a las partes a una AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
robo agravadotentativa de roborecurso de casacióninmotivaciónCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalderechos fundamentales