Sentencia N° 186 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de mayo de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 186, Exp. A10-415, 13/05/2011
ExpedienteA10-415
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-05-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Joel Gómez Cordero en representación de Efraín Antonio Bastardo Rojas, quien enfrentaba acusaciones por delitos de extorsión y porte ilícito de arma de fuego. Sin embargo, tras revisar el expediente, la Sala determinó que la situación jurídica del acusado había sido restablecida a través de un recurso de apelación, lo que llevó a declarar inadmisible la solicitud de avocamiento. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia que establece que el avocamiento es un recurso extraordinario que solo procede cuando no existen otros medios procesales idóneos para restablecer la situación jurídica infringida.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la situación jurídica infringida que dio lugar a la solicitud de avocamiento, fue corregida por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Barlovento, cuando en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa, la Corte de Apelaciones le ordenó conocer de la solicitud de nulidad del proceso, anulando, en consecuencia, la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano Efraín Antonio Bastardo Rojas, por el delito de Concusión en Grado de Cooperador Inmediato. En dicho fallo se expresa lo siguiente: '…no se admite la acusación por el delito de cooperador inmediato en el delito de concusión, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción, en relación con el artículo 83 encabezamiento del Código Penal, toda vez que dicho delito no se le imputó al prenombrado ciudadano en la audiencia para oír al imputado celebrada en fecha 31-07-2010. No obstante el Ministerio Público podrá imputar al ciudadano Efraín Antonio Bastardo Rojas por ese delito si lo considera oportuno…'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara la inadmisibilidad sobrevenida de la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Joel Gómez Cordero, en su carácter de defensor del ciudadano Efraín Antonio Bastardo Rojas. Así se decide.

Palabras clave

avocamientoinadmisibilidadextorsiónporte ilícito de arma de fuegoderecho a la defensa

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