Sentencia N° 183 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de noviembre de 2021
TSJ/SCP, Sent. N° 183, Exp. E21-107, 24/11/2021
ExpedienteE21-107
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2021-11-24
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana MARÍA DE LOURDES ÁÑEZ RODRÍGUEZ, requerida por la República del Ecuador por el delito de 'Robo con Muerte'. La decisión se fundamenta en el principio de no entrega de nacionales, dado que la solicitada es venezolana por nacimiento. A pesar de la improcedencia de la extradición, se acordó remitir las actuaciones al Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para su juzgamiento en Venezuela, considerando que la acusada era menor de edad al momento de los hechos.
Extracto de la motiva
motivado de fecha (30 de julio de 2021), dictado por el Tribunal Trigésimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 29 Caracas, en razón a la “reclusión provisional” decretada en contra de la ciudadana MARÍA DE LOURDES ÁÑEZ RODRÍGUEZ. En esa misma fecha, se recibió ante la Secretaría de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, los siguientes oficios: Oficio número 004446, de fecha 9 de agosto de 2021, suscrito por la Directora General (E) de la Oficina de Relaciones Consulares, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Relaciones Exteriores, dirigido a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en el cual se indicó lo siguiente: “…Me dirijo en la oportunidad de hacer referencia a la Nota verbal N° CCS-57- 2021 de fecha 02 de agosto de 2021, procedente del Consulado de la República de Ecuador acreditado ante el Gobierno nacional, mediante el cual informan que las autoridades competentes de ese país, recibieron comunicación mediante oficio Nro. PN-DGIN-UN-OCNI-QX-2021-1551-OF, de fecha 30 de Julio de 2021, emanado de la Oficina Central Nacional ‘OCN’ Interpol Quito, en la cual se informa sobre la detención de la ciudadana venezolana MARÍA DE LOURDES AÑEZ RODRÍGUEZ, quien estaría requerida por las autoridades ecuatorianas, por el ‘Delito de Robo con Muerte’, conforme a información remitida por la OCN de Interpol, en Caracas Sobre este particular sirva la presente para remitir a esa Sala la precitada Nota y sus anexos, para su correspondiente tramitación, en beneficio de la atención del requerimiento realizados por la autoridades ecuatorianas…”. Oficio número FTSJ-4-0073-2021, de fecha 24 de agosto de 2021, suscrito por la abogada Marina Ojeda Briceño, “Fiscal cuarta (E) del Ministerio Público para actuar ante la Sala Plena y las Salas de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia”,
Dispositiva
PRIMERO: declara IMPROCEDENTE la solicitud de extradición pasiva realizada por la República del Ecuador, de la ciudadana MARÍA DE LOURDES ÁÑEZ RODRÍGUEZ. SEGUNDO: el Estado venezolano asume el compromiso de continuar con el conocimiento y juzgamiento de los hechos objeto de la solicitud de extradición. TERCERO: se acuerda remitir las actuaciones al Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. CUARTO: se insta al Ministerio Público a presentar el acto conclusivo correspondiente. QUINTO: se mantiene la medida Privativa de Libertad impuesta a la ciudadana MARÍA DE LOURDES ÁÑEZ RODRÍGUEZ.