Sentencia N° 183 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de abril de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 183, Exp. C07-0575, 07/04/2008
ExpedienteC07-0575
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-04-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de abril de 2008, admitió el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública a favor de Yorber Román Romero Escobar, y declaró con lugar el recurso, anulando la sentencia de la Corte de Apelaciones del Estado Portuguesa por falta de motivación. La Corte de Apelaciones había confirmado una condena por robo agravado en grado de tentativa, pero no resolvió adecuadamente las denuncias de la defensa sobre la falta de motivación en su fallo. La Sala observó que la Corte de Apelaciones no cumplió con el deber de motivar su decisión, limitándose a transcribir el fallo impugnado sin ofrecer una justificación adecuada sobre la falta de motivación alegada. En consecuencia, se ordenó que el expediente fuera remitido al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa para que se constituyera una nueva Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, a fin de que se dictara una nueva sentencia corrigiendo el vicio que dio lugar a la presente decisión.

Extracto de la motiva

La Sala ha señalado en reiterada jurisprudencia, que no basta para considerar que una sentencia se encuentra debidamente motivada el hecho de que la recurrida, luego de transcribir el fallo impugnado, establezca, como el presente caso, que 'la falta de motivación alegada no está presente en el fallo impugnado...', sino que por el contrario, debe la Corte de Apelaciones expresar con una motivación propia, el porque considera que el fallo en estudio no adolece del vicio de inmotivación. Así mismo, ha sostenido la Sala, que en aras al principio de tutela judicial efectiva, según el cual no sólo se garantiza a obtener de los tribunales una sentencia o resolución, y el acceso al procedimiento, a la utilización de recursos y la posibilidad de remediar irregularidades procesales determinantes de indefensión, éste, también debe garantizar una motivación suficiente, una decisión razonada sobre todas las pretensiones deducidas que exterioricen el proceso mental conducente a su parte dispositiva.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública N° 8 del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua-Araure, abogada FANNY COLMENARES GARCÍA, a favor del ciudadano YORBER ROMÁN ROMERO ESCOBAR, en consecuencia, se ANULA la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y se ORDENA que el expediente sea remitido al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, para que se constituya una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, a fin de que se dicte una nueva sentencia corrigiendo el vicio que dio lugar a la presente decisión.

Palabras clave

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