Sentencia N° 182 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de junio de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 182, Exp. C14-22, 13/06/2014
ExpedienteC14-22
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-06-13
DecisiónAdmite

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida declaró con lugar el recurso de apelación del Ministerio Público contra la sentencia que condenó a Renzo Paolo Araque Guillén a seis años y seis meses de prisión por ocultamiento agravado de sustancias estupefacientes, modificando la pena a diez años. El abogado defensor interpuso recurso de casación alegando indebida aplicación de agravantes no solicitadas por la Fiscalía. La Sala de Casación Penal del TSJ admitió el recurso y convocó a una audiencia pública para su discusión.

Extracto de la motiva

Con fundamento en el artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, el impugnante denuncia la infracción del artículo 163, numerales 7 y 10, de la Ley Orgánica de Drogas, por indebida aplicación. Alega que las Fiscales Décima Sexta y Primera del Ministerio Público del Estado Mérida, formularon acusación contra el ciudadano RENZO PAOLO ARAQUE GUILLÉN, por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ‘sin agravante alguna’. Asimismo, expresó el recurrente que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, al imponer la pena al acusado, expresó: ‘…corresponde a este Tribunal (sic) a imponer la pena al acusado conforme al artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberá rebajarse desde un tercio hasta la mitad atendidas todas las circunstancias...’. Declara con lugar y admite el procedimiento especial de admisión de los hechos de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal...”.

Dispositiva

1.- ADMITE el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado RENZO PAOLO ARAQUE GUILLÉN. 2.- CONVOCA a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30). Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.

Palabras clave

apelacióndelitosustancias estupefacientespenaderecho penalcódigo penalley orgánica de drogas

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