Sentencia N° 181 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de mayo de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 181, Exp. A06-0122, 03/05/2006
ExpedienteA06-0122
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-05-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió una solicitud de avocamiento presentada por los abogados Luisa Amelia Carrizales y Héctor Salazar Carvallo en representación de Eligio Cedeño, quien enfrenta cargos por contrabando y defraudación tributaria. La solicitud fue admitida conforme al numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y se ordenó solicitar el expediente original al tribunal de instancia, paralizando el proceso en curso. La decisión fue respaldada por el voto concurrente de la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, quien expresó su conformidad con el auto de admisión, aunque consideró innecesario formalizar el requerimiento del expediente mediante dicho auto.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al admitir la solicitud de avocamiento, fundamenta su decisión en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, considerando que la tramitación del avocamiento debe ser ágil y efectiva. Se destaca que el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia otorga a la Sala la facultad de requerir directamente las actuaciones del tribunal donde se encuentre el expediente, lo que implica que la admisión de la solicitud es un acto que debe ser interpretado de manera amplia para no vulnerar los derechos del justiciable. La Sala también hace referencia a precedentes en los que se ha sustentado este criterio, reafirmando la importancia de la celeridad en la administración de justicia y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos involucrados en procesos penales.
Dispositiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo expuesto, admite la solicitud de avocamiento presentada por los abogados Luisa Amelia Carrizales y Héctor Salazar Carvallo, en representación de Eligio Cedeño, y ordena al Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remitir el expediente original y todos los recaudos relacionados con la causa penal Nº 176-06, paralizando el proceso hasta tanto se reciba la documentación solicitada.
Palabras clave
avocamientocontrabandodefraudación tributariaderecho a la defensadebido procesoLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciajusticia penal