Sentencia N° 180 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de abril de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 180, Exp. A16-72, 21/04/2016
ExpedienteA16-72
PonenteYanina Beatriz Karabin de Díaz
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2016-04-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Robert Alexander Alvarado López, defensor del ciudadano KAMEL SALAME AJAMI, debido a que no se cumplieron las condiciones requeridas por la ley para su admisión. Se argumenta que el solicitante optó por una vía más idónea al solicitar la revisión de la medida privativa de libertad ante el Juzgado de la causa, lo que demuestra que existían recursos procesales disponibles para restablecer la situación jurídica infringida.

Extracto de la motiva

Es deber de la Sala, previa resolución de la solicitud de avocamiento, pronunciarse respecto a las inhibiciones solicitadas por el abogado defensor del ciudadano KAMEL SALAME AJAMI. En tal sentido, corresponde destacarse, que la figura jurídica de la inhibición, es una actuación propia del Juez, Magistrado o funcionario, cuando considera que le es aplicable cualquiera de la causales dispuestas en el artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 53 y 54 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto la Sala Constitucional, en su sentencia N° 06-0772 del 3 de julio de 2009, dejó establecido: '…las causales de inhibición o recusación se erigen como garantía del justiciable para su juzgamiento por un juez competente, idóneo e imparcial...'. Así, la inhibición es la manifestación libre y espontánea del juez o funcionario judicial de separarse del conocimiento de un determinado asunto, porque se considere incurso en alguna o algunas de las causales taxativas que preceptúa la ley, por lo que, en consecuencia, su imparcialidad podría estar comprometida; por tanto, el requerimiento de la inhibición no es una facultad de las partes ni surte efecto jurídico alguno.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal Accidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Robert Alexander Alvarado López, en su carácter de defensor privado del ciudadano KAMEL SALAME AJAMI, titular de la cédula de identidad N° V- 7.907.560. Así se decide.

Palabras clave

avocamientoinadmisibleKAMEL SALAME AJAMIderechos humanossalud

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