Sentencia N° 18 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de febrero de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 018, Exp. C12-265, 08/02/2013
ExpedienteC12-265
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-02-08
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 402, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el defensor de Felipe Alberto Deamott Henríquez, condenado a 30 años de prisión por homicidio calificado y abuso sexual. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, argumentando que la decisión estaba debidamente motivada y que se habían analizado todas las pruebas presentadas durante el juicio. El recurrente alegó falta de motivación y análisis de las pruebas, pero la Sala constató que la sentencia cumplía con los requisitos legales y que se había valorado adecuadamente la evidencia presentada.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, a los fines de constatar la infracción de la norma denunciada, considera pertinente transcribir el recurso de apelación interpuesto por el Defensor del ciudadano acusado FELIPE ALBERTO DEAMOTT HENRÍQUEZ, así como el fallo dictado por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. El ciudadano abogado Nelson José Candamo Rahamut, Defensor Público Sexagésimo Quinto adscrito a la Unidad de Defensoría Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el recurso de apelación, ejercido contra la sentencia dictada el 28 de octubre de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio, denunció lo siguiente: “(…) La Defensa considera que hubo una infracción por parte del Juzgador que conforma el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal con Funciones de Juicio, por cuanto no realizó en ningún momento el debido análisis de todos los elementos probatorios, que se debatieron durante el debate oral, cuya comparación y balance debió efectuarse con el fin de poder establecer, con la debida claridad y precisión, los hechos dados por probados, en los cuales condenó a el (sic) ciudadano FELIPE ALBERTO DEAMOTT HENRÍQUEZ, a cumplir la pena de TREINTA (30) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito COMISIÓN POR OMISIÓN DE HOMICIDIO CALIFICADO POR COMETERSE EN LA PERSONA DE UN DESCENDIENTE, previsto y sancionado en el ordinal 3° del artículo 406 del Código Penal, en concordancia con el artículo 219 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, ABUSO SEXUAL DE NIÑO CON PENETRACIÓN Y TRATO CRUEL previsto y sancionado en los artículos 259 y 254 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la menor NÚÑEZ GABRIELA ALEJANDRA.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado Nelson José Candamo Rahamut, Defensor Público Sexagésimo Quinto adscrito a la Unidad de Defensoría Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando con el carácter de Defensor del ciudadano acusado FELIPE ALBERTO DEAMOTT HENRÍQUEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Así se decide (…)

Palabras clave

homicidioabuso sexualcasaciónmotivación de sentencia

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