Sentencia N° 179 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de abril de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 179, Exp. C25-120, 04/04/2025
ExpedienteC25-120
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-04-04
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Miguel Ángel Koquis Sánchez, defensor de JOSÉ RODOLFO ZULOAGA RODRÍGUEZ, quien fue condenado a quince años de prisión por abuso sexual a un niño. La decisión se basa en la falta de fundamentación adecuada del recurso, que no cumplió con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala concluye que el recurrente no presentó un análisis claro y preciso de las normas que alegó fueron violadas.
Extracto de la motiva
motivación la SOLICITUD DE NULIDAD ABSOLUTA DE SENTENCIA CONDENATORIA, no se encuentra configurada bajo ningún motivo en derecho para anular la decisión, ya que no se devela ningún vicio que se tenga que sanear (…) SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 13 de mayo de 2024 y publicado en fecha 9 de julio de 2024, por el Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo (…) mediante el cual dictó SENTENCIA CONDENATORIA de conformidad con lo establecido en el artículo 348 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado JOSÉ RODOLFO ZULOAGA RODRÍGUEZ, (…) por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACIÓN AGRAVADO CONTINUADO, previsto y sancionado en el artículo 259, en su primer y segundo aparte de la Ley Orgánica ] [para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con el artículo 99, del Código Penal (…)”. Consecutivamente, en la misma f
Dispositiva
DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el Recurso de Casación ejercido por el abogado Miguel Ángel Koquis Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 129.138, en su carácter de defensor del ciudadano JOSÉ RODOLFO ZULOAGA RODRÍGUEZ.