Sentencia N° 179 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de junio de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 179, Exp. C04-0072, 04/06/2004
ExpedienteC04-0072
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-06-04
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Penal, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el defensor de Mario Antonio Mota Monserrat, quien fue acusado de homicidio intencional calificado. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible el recurso de apelación por haber sido presentado fuera del lapso establecido. La Sala observa que la decisión de la Corte de Apelaciones no es susceptible de impugnación mediante recurso de casación, ya que no pone fin al juicio ni impide su continuación.

Extracto de la motiva

El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal indica las decisiones recurribles en casación y dispone: “... El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas. Asimismo serán impugnables las decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior.”

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado MIGUEL FELIPE MOLINA YÉPEZ, Defensor del ciudadano imputado MARIO ANTONIO MOTA MONSERRAT, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión San Juan de los Morros el 21 de noviembre de 2003. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

homicidiocasaciónapelacióninadmisiibilidadCódigo Orgánico Procesal PenalGuáricojusticia

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