Sentencia N° 177 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de febrero de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 177, Exp. C03-0510, 03/06/2004
ExpedienteC03-0510
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-02-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Nº 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de septiembre de 2003, declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación y condenó al acusado Wolfang Enrique Sánchez a 20 años de presidio por homicidio calificado. La defensa propuso recurso de casación alegando infracciones en la aplicación de normas penales y constitucionales. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, encontró vicios de inmotivación en la sentencia de primera instancia y decidió anularla, ordenando un nuevo juicio.
Extracto de la motiva
La motivación, propia de la función judicial, tiene como norte la interdicción de la arbitrariedad, permite constatar los razonamientos del sentenciador, necesarios para que el acusado y las demás partes, conozcan las razones que le asistan, indispensables para poder ejercer con propiedad los recursos y, en fin, para poder determinar la fidelidad del juez con la ley. Por consiguiente, tiende a la incolumidad de principios fundamentales como el derecho a la defensa, a una sentencia justa e imparcial y al cumplimiento de los principios de la tutela judicial efectiva (artículo 49 de la Constitución). El juzgador, al no establecer la circunstancia calificante del delito de homicidio, por el cual condenó al acusado, incurrió en el vicio de inmotivación, razón por la cual esta Sala considera procedente anular el fallo dictado por el Juzgado Vigésimo Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 11 de julio de 2003, así como la sentencia de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial, de fecha 23 de septiembre del mismo año y ordenar la celebración de un nuevo juicio oral y público contra el acusado Wolfang Enrique Sánchez Torres. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado Wolfang Enrique Sánchez Torres, anula, de oficio, el fallo dictado por el Juzgado Vigésimo Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 11 de julio de 2003, así como la sentencia de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito, de fecha 23 de septiembre del mismo año y ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público contra el acusado Wolfang Enrique Sánchez Torres, por la comisión del delito de homicidio calificado, previsto en el artículo 408, ordinal 1º, del Código Penal, materia de la acusación fiscal. En consecuencia, remítase el expediente al Presidente del referido Circuito Judicial, para su distribución a un juzgado de juicio distinto al que dictó la decisión anulada.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónCódigo Penalinmotivaciónpenadefensajusticiaderechos fundamentales