Sentencia N° 176 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de mayo de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 176, Exp. C06-0107, 02/05/2006
ExpedienteC06-0107
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-05-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones declaró sin lugar el recurso de apelación contra el fallo que condenó a Nelson Briceño Guerrero a trece años, un mes, veintinueve días y veinte horas de presidio por homicidio calificado en grado de complicidad y resistencia a la autoridad. El abogado defensor presentó un recurso de casación, alegando error en la interpretación de la norma penal aplicable. La Sala de Casación Penal revisó el expediente y determinó que el juzgado incurrió en error al aplicar la pena, ya que la nueva legislación establecía una pena más favorable para el acusado.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: El impugnante alega error de derecho en la calificación del delito, pero no transcribe los hechos establecidos, lo cual es indispensable para que la Sala pueda constatar si efectivamente el juzgador erró al encuadrar los hechos en la norma que se dice infringida. Por otra parte, ante el vicio alegado (error de derecho en la calificación del delito) el recurrente ha debido denunciar la indebida aplicación del artículo 408, ordinal 1°, del Código Penal, y no su errónea interpretación como lo hizo. Es de observar que el Juzgado Unipersonal Vigésimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, condenó al acusado NELSON BRICEÑO GUERRERO, por la comisión del delito de Homicidio Calificado, en grado de Complicidad. Siendo la circunstancia calificante el haber cometido el Homicidio con alevosía. En tal sentido, el referido Juzgado estableció: “La circunstancia alevosa que califica el delito de Homicidio, se desprende del hecho que los sujetos activos obraron a traición, sobre seguros y con ventaja sobre la víctima, ya que la misma se encontraba en el suelo, luego de haberse tropezado y caído (sin lograr tener mecanismo de defensa alguno), cuando el ciudadano DARWIN GONZALEZ GUERRERO, hermano del acusado NELSON BRICEÑO GUERRERO, con la intención de darle muerte efectúa con el arma de fuego un disparo a corta distancia al hoy occiso a nivel frontal, causándole la muerte.” (Resaltado de la Sala). Por las razones expuestas, esta Sala considera procedente desestimar, por manifiestamente infundada, la presente denuncia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto y de oficio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 467 del Código Orgánico Procesal Penal, rectifica la pena impuesta al acusado NELSON BRICEÑO GUERRERO, condenándolo a la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, EN GRADO DE COMPLICIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 406, ordinal 1°, en relación con el 84, y 218, ordinal 1°, del Código Penal vigente.

Palabras clave

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