Sentencia N° 175 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de abril de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 175, Exp. E14-122, 16/04/2015
ExpedienteE14-122
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-04-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió sobre el procedimiento de extradición de la ciudadana Viviana Carolina Filomena Salvadori Rasetta, quien fue aprehendida en marzo de 2014. Se notificó al Gobierno de Panamá sobre la aprehensión y se estableció un término perentorio de sesenta días para la presentación de la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria. Al vencerse dicho término sin que se recibiera la solicitud, el Tribunal decidió ordenar el cese de las medidas cautelares impuestas a la ciudadana y decretar su libertad sin restricciones.
Extracto de la motiva
El vigente Código Orgánico Procesal Penal, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria nro. 6078 del quince (15) de junio de 2012, establece sobre el procedimiento de extradición pasiva, que: Artículo 386: 'Si un gobierno extranjero solicita la extradición de alguna persona que se encuentre en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, el Poder Ejecutivo remitirá la solicitud al Tribunal Supremo de Justicia con la documentación recibida'. Artículo 387: 'Si la solicitud de extradición formulada por un gobierno extranjero se presenta sin la documentación judicial necesaria, pero con el ofrecimiento de producirla después, y con la petición de que mientras se produce se aprehenda al imputado o imputada, el tribunal de control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar, según la gravedad, urgencia y naturaleza del caso, la aprehensión de aquel o aquella...'.
Dispositiva
PRIMERO: ORDENA el cese de las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad, contenidas en el artículo 242 (numerales 3 y 4) del Código Orgánico Procesal Penal, impuestas a la ciudadana VIVIANA CAROLINA FILOMENA SALVADORI RASETTA, de nacionalidad venezolana, identificada con la cédula de identidad nro. 17576993 y en consecuencia DECRETA su libertad sin restricciones. SEGUNDO: ORDENA al Tribunal Trigésimo Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ejecutar la libertad sin restricciones de la ciudadana VIVIANA CAROLINA FILOMENA SALVADORI RASETTA, de nacionalidad venezolana, identificada con la cédula de identidad nro. 17576993; a tal efecto remítase copia certificada de la presente decisión al referido juzgado. TERCERO: Se ORDENA el archivo del expediente contentivo de la solicitud de detención con fines de extradición de la ciudadana VIVIANA CAROLINA FILOMENA SALVADORI RASETTA.