Sentencia N° 175 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de mayo de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 175, Exp. C12-136, 22/05/2012
ExpedienteC12-136
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-05-22
DecisiónDesestima, por inadmisible, el recurso de casación
Resumen
La Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Quinta del Ministerio Público contra la absolución de Franklin Gerardo Rangel Hernández por los delitos de amenaza y violencia patrimonial. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación que fue desestimado por el Tribunal Supremo de Justicia, al considerar que la decisión impugnada no era susceptible de ser recurrida en casación, dado que las penas no excedían los cuatro años, requisito para la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
El Tribunal de Primera Instancia en función de Control, calificó los hechos como Amenaza y Violencia Patrimonial, previstos y sancionados en los artículos 41 y 50, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Sin embargo no quedó acreditado que el acusado Franklin Gerardo Rangel Hernández haya amenazado a la víctima en momento alguno, ni la víctima o la testigo referencial ciudadana Celsa Díaz hicieron referencia a anuncios verbales que pudiera entenderse como amenazas de ejecutar algún daño con el fin de intimidarla, tal como lo describe el articulado de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. De igual manera, no quedó acreditado que el acusado de autos haya ejercido alguna conducta activa u omisiva dirigida a ocasionar un daño o menoscabo a los bienes de la comunidad conyugal o en relación con la propiedad de sus bienes, ni mucho menos a la privación de los medios económicos indispensables para vivir la mujer víctima. Se ha generado una duda razonable en el ánimo de esta Juzgadora respecto a la efectiva participación del acusado mencionado en los hechos debatidos; dudas estas generadas por cuanto de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público no se pudo demostrar la configuración de los tipos penales por los cuales acusó la vindicta pública, ni la culpabilidad del acusado en los delitos de Amenaza y Violencia Patrimonial, previstos y sancionados en los artículos 41 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la abogada ANALIA AGUILAR HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público, con Competencia Plena, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.