Sentencia N° 174 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de junio de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 174, Exp. E22-133, 02/06/2022
ExpedienteE22-133
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2022-06-02
DecisiónNotificar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano Anderson Alexander Rubio Ramírez, requerido por el gobierno del Perú por delitos graves. Se determinó la competencia de la Sala para conocer del caso y se acordó notificar al gobierno peruano sobre el término perentorio de sesenta días para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación necesaria. En caso de no cumplirse este plazo, se ordenará la libertad del mencionado ciudadano.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Determinada la competencia, corresponde a esta Sala de Casación Penal, pronunciarse sobre la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano Anderson Alexander Rubio Ramírez, de nacionalidad venezolana, en virtud de encontrarse requerido mediante Notificación Roja N° A- 2820/4-2022, expedida el 5 de abril de 2022, por el delito de “Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, Sicariato y Alternativa Homicidio Calificado”, tipificados y sancionados por los incisos 1 y 3 del artículo 108 del Código Penal peruano.. En tal sentido, el Código Orgánico Procesal Penal regula el procedimiento de extradición pasiva, en los términos siguientes: “Artículo 386: Si un gobierno extranjero solicita la extradición de alguna persona que se encuentre en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, el Poder Ejecutivo remitirá la solicitud al Tribunal Supremo de Justicia con la documentación recibida. Artículo 387: Si la solicitud de extradición formulada por un gobierno extranjero se presenta sin la documentación judicial necesaria, pero con el

Dispositiva

NOTIFICAR al Gobierno de la República del Perú, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene luego de su notificación efectiva para presentar la solicitud formal y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición pasiva seguido al ciudadano ANDERSON ALEXANDER RUBIO RAMÍREZ.

Palabras clave

extradiciónnotificación rojadelito

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