Sentencia N° 173 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 173, Exp. C04-0524, 09/05/2005
ExpedienteC04-0524
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-09
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, revisó el recurso de casación interpuesto por el abogado Rafael Alfonso Valbuena Guevara, defensor del ciudadano Julio César Pérez, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible el recurso de apelación. La Sala determinó que el recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la interposición del recurso, lo que llevó a desestimar el mismo por infundado.
Extracto de la motiva
En la transcripción anterior se constata que el recurrente apoyó las denuncias en los artículos 452 y 460 del Código Orgánico Procesal Penal; pero el artículo 452 “eiusdem” expresa los motivos en los que debe fundarse el recurso de apelación y por ello dichas denuncias han debido basarse en el artículo 460 del señalado código adjetivo, que contiene los motivos en que deberá basarse el recurso de casación. El artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal dispone lo siguiente: “... Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente fundándolos separadamente si son varios...”. El recurrente no le dio cumplimiento a los requisitos del artículo 462 ya transcrito, porque señaló una serie de violaciones de varias disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y otras, pero no discriminó claramente los argumentos que sustentan tales señalamientos. Así mismo no explicó de manera separada de qué modo impugnaba la decisión pues fueron varios los motivos alegados.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos expuestos con anterioridad, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el ciudadano RAFAEL ALFONSO VALBUENA GUEVARA, Defensor del ciudadano JULIO CÉSAR PÉREZ, contra la sentencia dictada el 3 de septiembre de 2004 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa.
Palabras clave
recurso de casaciónhomicidio intencionaldebido procesonotificaciónCódigo Orgánico Procesal Penalapelaciónderecho a la defensa