Sentencia N° 172 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de mayo de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 172, Exp. C10-097, 21/05/2010
ExpedienteC10-097
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-05-21
DecisiónDESESTIMADO, POR INADMISIBLE

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa del Sargento Segundo DANNY ELIÉCER TORREALBA, quien había sido objeto de medidas cautelares por parte del Tribunal Militar Octavo de Control. La Corte Marcial había declarado inadmisible el recurso de apelación por extemporáneo, lo que motivó la impugnación ante el TSJ.

Extracto de la motiva

El artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que: “Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos”. De la referida norma se evidencia que el derecho a recurrir de las decisiones judiciales, no debe ser entendido como el derecho a ejercer el recurso que resulte más aconsejable o conveniente, sino aquél que el ordenamiento jurídico vigente haya establecido para el caso concreto. (Vid. sentencia N° 108 del 24 de marzo de 2009). Ahora bien, el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal señala taxativamente las decisiones que son recurribles en Casación Penal: 1) las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación y no ordenen la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su querella, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; 2) las sentencias que condenen a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el querellante hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas; y 3) las sentencias de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del juicio o hagan imposible su continuación.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO, POR INADMISIBLE, el recurso de casación anunciado por el ciudadano abogado MIGUEL ANTONIO LEDÓN DOMÍNGUEZ, Defensor Privado del ciudadano Sargento Segundo DANNY ELIÉCER TORREALBA, contra la sentencia dictada el 7 de diciembre de 2009 por la Corte Marcial. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

apelacióninadmisionmedidas cautelarestribunal militarcódigo orgánico procesal penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca