Sentencia N° 170 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de noviembre de 2021

TSJ/SCP, Sent. N° 170, Exp. R21-143, 11/11/2021
ExpedienteR21-143
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2021-11-11
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Francia Coello González, decidió no ha lugar la solicitud de radicación presentada por la abogada Carmen Alicia López Rodríguez en el caso de Cristian Manuel Salom, acusado de abuso sexual con penetración. La solicitud fue fundamentada en la supuesta falta de imparcialidad de los tribunales en Lara, debido a la relación familiar de la víctima con un benefactor de las oficinas de violencia contra la mujer en la región. La Sala determinó que no se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que no se evidenció que el caso hubiera causado alarma, sensación o escándalo público, ni que existieran recusaciones o inhibiciones que justificaran la radicación. Se concluyó que el proceso podía desarrollarse con las garantías necesarias en la jurisdicción correspondiente. Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, remitiendo el expediente al tribunal de origen para su continuación.

Extracto de la motiva

No cabe duda para esta Sala, que la violencia sexual en cualquiera de sus formas es una violación de los derechos humanos de las mujeres, y que en el caso específico de los niños, niñas y adolescentes, constituye una grave conducta, reprochable por toda la sociedad, y en la que el Estado está obligado a brindar protección integral a la víctima o víctimas. Sin embargo, la gravedad del delito no basta por sí sola para declarar “ha lugar” la solicitud de radicación (Vid Sentencia N° 254 del 02/03/2000), sino que es necesario que cause alarma, sensación o escándalo público, y que ello, afecte o impida el desenvolvimiento del proceso que permita el ejercicio de los derechos y garantías de las partes (Vid Sentencia N° 58/2015).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de radicación propuesta por la abogada CARMEN ALICIA LÓPEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.304.540, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número de matrícula N° 92.486, del proceso penal alfanumérico KP11-S-2021-000013, nomenclatura del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Lara, Extensión Carora, seguido en contra del ciudadano CRISTIAN MANUEL SALOM, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.698.877, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 259, segundo aparte, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la adolescente F. A. F. A., (Identidad omitida de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 65 eiusdem). Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Remítase el expediente.

Palabras clave

violencia sexualderechos humanosniñosmujeresradicaciónjusticiaprotección integral

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