Sentencia N° 170 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2019
TSJ/SCP, Sent. N° 170, Exp. A19-138, 07/08/2019
ExpedienteA19-138
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2019-08-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por los abogados defensores de Carlos Alberto Parisi Medina y Biagio Alberto Parisi Medina. La decisión se basa en que no se cumplieron los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia para la admisión de este tipo de solicitudes. Se argumenta que la solicitud no puede ser utilizada como un medio para impugnar decisiones adversas en el proceso penal.
Extracto de la motiva
motivación. · 354 del Código Orgánico Procesal Penal sobre el procedimiento aplicable. · 108, 109 y 110 del Código Penal sobre la prescripción. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 14 de 24 · 319, 321 y 322 del Código Penal sobre el cálculo de la pena para los delitos de falsificación y uso de documentos privados o públicos falsos. · 72 de la Ley Contra la Corrupción en cuanto al error de calificación del delito de Obtención Ilícita de Utilidad en Actos de la Administración Pública. a) De igual manera fueron ignoradas y desaplicadas las siguientes sentencias del Tribunal Supremo de Justicia:
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por los abogados Ovidio Jesús Abreu Castillo y Aurymary Aixa Salas Santos, actuando ambos en su carácter de defensores privados de los ciudadanos CARLOS ALBERTO PARISIDI MEDINA y BIAGIO ALBERTO PARISI MEDINA.