Sentencia N° 168 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de mayo de 2014
TSJ/SCP, Sent. N° 168, Exp. A14-182, 24/05/2014
ExpedienteA14-182
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2014-05-24
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió suspender de manera inmediata cualquier actuación en la investigación penal seguida contra los ciudadanos Jesús Requena y Carlos Rodulfo, entre otros. Esta decisión se fundamenta en la posibilidad de que existan circunstancias que justifiquen el avocamiento, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La Sala ordenó al Circuito Judicial Penal del estado Monagas recabar el expediente original y todos los recaudos relacionados con la investigación para ser remitidos a la Sala de Casación Penal. La decisión se basa en la necesidad de examinar las condiciones de admisibilidad y procedencia para el avocamiento, en virtud de las disposiciones legales pertinentes.
Finalmente, se instruyó la publicación y registro de la decisión, que fue firmada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia en Caracas.
Extracto de la motiva
A juicio de la Sala, en la investigación penal seguida a los ciudadanos JESÚS REQUENA, CARLOS RODULFO y otros, pudieran concurrir algunas de las circunstancias contenidas en el artículo 107 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Es por ello que, con fundamento en las disposiciones legales antes transcritas la Sala de Casación Penal, Decide:
Dispositiva
La suspensión inmediata de realizar cualquier actuación en la referida investigación seguida contra los ciudadanos JESÚS REQUENA, CARLOS RODULFO y otros, ante el Circuito Judicial Penal del estado Monagas. Ordena a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, que recabe el expediente original y todos los recaudos relacionados con la investigación penal seguida a los ciudadanos JESÚS REQUENA, CARLOS RODULFO y otros, para ser remitidos a la Sala de Casación Penal, donde se examinarán las condiciones de admisibilidad y procedencia para el avocamiento.